Pericial caligráfica · Región de Murcia · Desde 1996
Perito calígrafo en Murcia
Analizamos firmas y escritos manuscritos para determinar si son auténticos o falsos, y emitimos el informe pericial que se aporta al procedimiento. Ejercemos desde 1996 en toda la Región de Murcia, por encargo de particulares, despachos de abogados y procuradores, y por designación judicial.
En corto · ¿Qué hace un perito calígrafo en Murcia?
Compara el documento dudoso con escritos auténticos de su supuesto autor y determina si los escribió la misma mano. Emite un informe pericial que se aporta al procedimiento y que ratifica ante el juzgado si el tribunal lo pide. Trabajamos en toda la Región de Murcia, con presupuesto cerrado antes de empezar.
Qué hacemos
Nuestro trabajo consiste en comparar el documento dudoso (lo que técnicamente se llama documento dubitado) con escritos auténticos de su supuesto autor (los indubitados), y explicar con criterios técnicos si la mano que escribió unos es la misma que escribió el otro. Los encargos más habituales en Murcia son:
- Firmas en contratos, recibos y documentos bancarios que alguien niega haber firmado.
- Testamentos ológrafos, escritos de puño y letra, cuya autoría se discute entre herederos. Lo explicamos en detalle en peritaje de testamentos ológrafos.
- Cheques, pagarés y letras de cambio con firmas o importes manipulados: peritaje de cheques y pagarés.
- Anónimos y escritos injuriosos, para atribuirlos o descartar a una persona concreta: peritaje de escritos anónimos.
- Documentos alterados: añadidos, raspados, sobrescrituras o cifras retocadas. Lo contamos en peritaje de documentos alterados.
- Capacidad de la firma en personas mayores o enfermas, cuando se discute si firmaron por su propia mano.
Si lo que le preocupa es concretamente una firma, hemos explicado las señales que la delatan en cómo saber si una firma es falsa.
Dónde actuamos
Atendemos encargos en toda la Región de Murcia y comparecemos en sus juzgados para ratificar el informe: Murcia capital, Cartagena, Lorca, Molina de Segura, Alcantarilla, Cieza, Yecla, Jumilla, Caravaca de la Cruz, Totana, Mula, San Javier, Águilas y el resto de localidades de la Región. Si su asunto está en los juzgados de Cartagena o de Lorca, tiene la información concreta de cada comarca en su página. También trabajamos en la provincia de Alicante.
No hace falta que se desplace el primer día. La mayoría de los casos empiezan con una fotografía enviada por WhatsApp o por correo: con eso ya le decimos si el estudio es viable y qué material de comparación hay que reunir. Los originales se entregan después, cuando ya sabemos que hay informe que hacer, y si el documento está depositado en el juzgado, en una notaría o en el banco, nos desplazamos a examinarlo allí. Cómo hacer las fotografías para que valgan, y qué exige el documento original, lo contamos en peritaje caligráfico a distancia.
Estamos colegiados con el número 4828 en el Ilustre Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de la Región de Murcia, que es el colegio profesional del que salen las listas de peritos que se remiten a los juzgados.
Informe de parte o designación judicial
A un procedimiento se puede llegar por dos caminos, y conviene saber en cuál está usted antes de encargar nada:
- Informe de parte
- Usted o su abogado nos encargan el informe directamente y lo aportan al procedimiento con la demanda o la contestación. Es la vía más rápida y la única que permite saber antes de pleitear si el asunto tiene recorrido. Se encarga con presupuesto cerrado. Si lo que se discute es la autenticidad de un documento privado, la prueba tiene nombre propio en la ley: cotejo de letras.
- Designación judicial
- La parte pide al juzgado que designe perito y el nombre sale por sorteo de las listas que los colegios profesionales de la Región de Murcia remiten a los juzgados. Estamos en esas listas con el número de colegiado 4828. Aquí los honorarios se rigen por la Ley de Enjuiciamiento Civil, que permite al perito pedir una provisión de fondos a cuenta a la parte que propuso la prueba.
Las dos vías acaban en lo mismo: un informe pericial razonado y un perito que lo ratifica ante el tribunal. Lo que cambia es quién hace el encargo y cuándo.
¿En qué juzgados de la Región se ratifica el informe?
La pregunta la hacen casi todos los abogados y casi ningún particular, y conviene tenerla clara antes de encargar nada: el informe no acaba cuando se entrega. Si el tribunal nos cita, hay que acudir a la vista a explicarlo y a contestar a las partes y al juez. La Región de Murcia está dividida en once partidos judiciales, y comparecemos en todos:
- Murcia — también Alcantarilla, Beniel y Santomera.
- Cartagena — también La Unión y Fuente Álamo.
- Lorca — también Águilas y Puerto Lumbreras.
- Molina de Segura — también Alguazas, Archena, Ceutí, Lorquí y Las Torres de Cotillas.
- Cieza — también Abanilla, Abarán, Blanca, Fortuna, Ojós, Ricote, Ulea y Villanueva del Río Segura.
- Totana — también Aledo, Alhama de Murcia, Librilla y Mazarrón.
- San Javier — también Los Alcázares, San Pedro del Pinatar y Torre Pacheco.
- Caravaca de la Cruz — también Calasparra, Cehegín y Moratalla.
- Mula — también Albudeite, Bullas, Campos del Río y Pliego.
- Yecla.
- Jumilla.
Saber a qué partido judicial pertenece su municipio sirve para dos cosas. Una, porque si el asunto va por designación judicial, el perito sale de las listas que los colegios remiten a los juzgados de ese partido. Y dos, porque si el documento original está depositado en el juzgado, hay que ir a examinarlo allí, y eso se organiza antes y no sobre la marcha. Por encima de los juzgados de primera instancia está la Audiencia Provincial de Murcia, que tiene secciones en Murcia y en Cartagena, y donde el informe puede volver a discutirse en apelación.
Dos municipios de los de arriba tienen página propia porque llegan bastantes encargos de su comarca y los documentos son distintos: Cartagena, por el puerto y los documentos firmados a pie de obra, y Lorca, por las actas y las hojas de firmas de las juntas de comunidades de regantes y cooperativas.
La parte que decide el resultado: el material de comparación
Casi nadie lo sabe al llamar, y es lo que más condiciona el informe. El documento discutido ya lo tiene usted; lo que hay que construir es el patrón con el que se compara, y de su calidad depende hasta dónde puede llegar la conclusión. Tres cosas que conviene entender antes de encargar nada:
- Cantidad. Una firma varía dentro de unos márgenes propios de cada persona: nadie firma dos veces exactamente igual. Para conocer esos márgenes hacen falta varias muestras; con dos o tres no se sabe si una diferencia es falsificación o simple variación normal. Como referencia práctica, con diez firmas o escritos auténticos se trabaja con holgura.
- Fecha. La escritura cambia con los años, con la enfermedad y con la medicación. Lo que vale son escritos de fechas cercanas al documento discutido; firmas de hace treinta años sirven de poco si el papel es de este año.
- Naturaleza. Hay que comparar lo mismo con lo mismo: una firma de DNI con firmas de documentos, un texto en mayúsculas con escritos en mayúsculas, una rúbrica rápida de albarán con otras rúbricas rápidas. Comparar una firma cuidada de escritura pública con una rúbrica hecha de pie en un mostrador lleva a conclusiones falsas.
¿Dónde se busca? En documentos bancarios, contratos, escrituras, impresos rellenados a mano, cartas, cuadernos, agendas y dedicatorias. Y hay un límite importante: no sirve como patrón ningún documento cuya autenticidad también se discuta en el pleito, porque entonces se estaría midiendo con una regla dudosa. Si no reúne suficiente material, dígalo: dentro del procedimiento hay vías para obtenerlo, incluido el cuerpo de escritura que el tribunal puede mandar escribir, y eso lo pide su abogado.
Cómo empezamos
Con una fotografía y una conversación de cinco minutos. Mándenos una imagen nítida del documento por WhatsApp o por correo y cuéntenos qué se discute: con eso le decimos sin coste si el estudio tiene recorrido, qué material hay que reunir y qué cabe esperar del informe. Si no lo vemos claro, se lo diremos antes de cobrarle nada. Si lo tiene, le pasamos un presupuesto cerrado por escrito, con lo que incluye y lo que no, y usted decide. El proceso completo, paso a paso, está en cómo se encarga un peritaje; cómo hacer la foto para que sirva, en peritaje a distancia.
Si hay procedimiento abierto, dénos también el juzgado, el número de autos y los plazos que corren: eso cambia cómo organizamos el trabajo.
Cómo elegir entre los peritos calígrafos de Murcia
Lo primero es saber si le toca elegir. Si va a aportar un informe de parte, elige usted y puede comparar; si el asunto va por designación judicial, el nombre sale por sorteo de las listas del partido judicial que le corresponda de los once de arriba, y ahí no hay elección: lo que queda es saber leer el informe que llegue.
Para el primer caso, dos preguntas valen más que cualquier folleto: quién va a firmar el informe y quién va a ir al juzgado a ratificarlo. En un gabinete grande pueden no ser la misma persona, y conviene saberlo antes y no el día de la vista. Aquí quien le coge el teléfono es quien estudia el documento, quien lo firma y quien comparece. Las nueve comprobaciones completas —colegiación, presupuesto cerrado, señales de alarma y lo que ningún perito puede prometerle— están en cómo elegir un perito calígrafo.
Plazos y honorarios
El plazo de entrega depende de la complejidad del caso: no es lo mismo una firma con material de comparación abundante que un texto largo con escasos indubitados. Se lo concretamos al aceptar el encargo. Los honorarios se fijan siempre con presupuesto previamente cerrado, que usted aprueba antes de que empecemos, y la primera valoración del caso no se cobra. De qué depende el precio, qué incluye el informe y quién acaba pagándolo lo explicamos en cuánto cuesta un peritaje caligráfico.
Y una cosa que a mucha gente le pesa tanto como el informe: el encargo es reservado. Ni el contenido de los documentos ni el hecho mismo de habernos consultado salen de aquí, se encargue el estudio o no.
Preguntas frecuentes sobre el peritaje caligráfico en Murcia
¿Cuánto cuesta un perito calígrafo en Murcia?
Depende del tipo de documento, de la cantidad de material de comparación y de si hay que comparecer en juicio. Por eso trabajamos con presupuesto previamente cerrado: lo estudiamos, le damos un precio y usted decide antes de que empecemos.
¿Cuánto tarda el informe pericial?
Lo que más marca el plazo no es el estudio, es reunir el material de comparación: con escritos auténticos abundantes y a mano, un cotejo de firma avanza deprisa; si hay que buscarlos o pedirlos dentro del procedimiento, eso es lo que manda. Al aceptar el encargo le damos una fecha concreta y la cumplimos.
¿Vale una fotocopia o una foto del documento?
Depende de la pregunta. Si lo que se discute es quién firmó, una imagen de buena calidad puede bastar para el cotejo. Si lo que se discute es si algo se añadió, se raspó o se retocó después, hace falta el papel: la presión, el surco y el orden en que se cruzan las tintas no sobreviven a la fotocopia. Lo detallamos en peritaje a distancia.
¿Puedo encargar el peritaje sin abogado?
Sí, y es bastante común: mucha gente quiere saber a qué se enfrenta antes de decidir si pleitea. El informe vale igual si después se aporta al juzgado. Lo que no hacemos es asesorarle jurídicamente: si el asunto tiene recorrido legal, para eso necesita un abogado, y se lo diremos con la misma franqueza.
¿Comparece en el juzgado a ratificar el informe?
Sí. Nuestros informes llevan la declaración de objetividad que exige la Ley de Enjuiciamiento Civil, y si el tribunal nos cita acudimos a la vista a ratificarlos, explicarlos y contestar a las partes y al juez. Un informe que su autor no está dispuesto a defender en sala no vale nada.
¿Y si el informe que me perjudica es el de otro perito?
También se revisa. Un dictamen pericial lo valora libremente el tribunal y se puede rebatir, normalmente por el material de comparación o por el salto entre lo que observa y lo que concluye. Lo contamos en impugnar un informe pericial.
¿Hace falta que vaya a su despacho en Murcia?
No siempre. Muchos casos se resuelven enviando imágenes y quedando después para entregar los originales. Si prefiere vernos en persona, concertamos la cita.
¿Cuántos peritos calígrafos hay en Murcia?
No existe un registro público con esa cifra. Los peritos que actúan por designación judicial salen de las listas que los colegios profesionales de la Región remiten cada año a los juzgados, y esas listas las maneja el juzgado, no el particular. Para un informe de parte puede dirigirse a quien quiera: lo que conviene no es contar, es comprobar la colegiación, el presupuesto cerrado y si el perito se compromete a ratificar en sala.
¿Atiende usted en todos los juzgados de la Región de Murcia?
Sí. La Región tiene once partidos judiciales —Murcia, Cartagena, Lorca, Molina de Segura, Cieza, Totana, San Javier, Caravaca de la Cruz, Mula, Yecla y Jumilla— y comparecemos en todos, además de en la Audiencia Provincial de Murcia. Si el documento original está depositado en el juzgado, vamos a examinarlo allí.
¿Es mejor un perito calígrafo de Murcia que uno de fuera?
Para el estudio en sí da bastante igual: la mayoría de los casos empiezan con fotografías y los originales se entregan después. Donde la cercanía sí cuenta es en dos puntos concretos: examinar el original cuando está depositado en un juzgado, una notaría o un banco de la Región, y acudir a la vista a ratificar. Un perito que tiene que cruzar España para comparecer suele cobrarlo aparte.
¿Qué pasa si el resultado no me favorece?
Se lo decimos antes de redactar el informe, para que decida si quiere que se emita o no. Lo que no hacemos es ajustar la conclusión al encargo: un dictamen que dice lo que el cliente quiere oír se cae en cuanto la otra parte lo mira, y arrastra con él la credibilidad de quien lo firma.
¿Hace informes para abogados y procuradores de Murcia?
Buena parte de los encargos llegan por esa vía. Con despachos trabajamos con el procedimiento ya planteado: nos dan el juzgado, el número de autos y los plazos, y organizamos el informe para que entre a tiempo, sea con la demanda, con la contestación o como dictamen contradictorio del que ya ha aportado la otra parte.
Actualizado el · Esteban Saura, perito calígrafo colegiado nº 4828