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Peritaje de testamentos ológrafos
El testamento ológrafo es el que el testador escribe entero de su puño y letra, con su firma y su fecha. Cuando los herederos dudan de que lo escribiera él, quien lo comprueba es un perito calígrafo.
En corto · ¿Cómo se comprueba si un testamento ológrafo es auténtico?
Comparando la letra y la firma del testamento con escritos auténticos del testador: cartas, agendas, anotaciones o documentos firmados. Al ser un texto completo y no una firma suelta, hay mucho material que cotejar, y sostener una imitación a lo largo de todo el escrito es muy difícil. El informe se aporta al procedimiento de adveración.
Qué es un testamento ológrafo
Es el testamento que una persona escribe entera y personalmente de su puño y letra, lo firma y lo fecha, sin notario ni testigos. Precisamente porque nadie estuvo delante, la ley exige después un trámite de comprobación —la adveración— antes de que pueda surtir efecto, y en ese trámite la pericial caligráfica es la prueba natural.
Y conviene darse prisa, porque aquí los plazos sí son cortos y perentorios. Quien tenga el testamento en su poder debe presentarlo ante notario en los diez días siguientes a que conozca el fallecimiento (artículo 690 del Código Civil), y el testamento debe protocolizarse presentándolo ante notario dentro de los cinco años siguientes a la muerte del testador: pasado ese plazo, dice el artículo 689, no será válido. Nosotros no asesoramos en lo jurídico —eso es de su abogado—; nos ocupamos de la parte técnica: si esa letra es la del testador.
Cómo funciona la adveración, y dónde entra el peritaje
Mucha gente llega pensando que esto lo decide un juez. Desde la reforma de la jurisdicción voluntaria de 2015 la adveración de un testamento ológrafo la hace un notario, no el juzgado, y eso cambia el calendario y a quién hay que convencer. A grandes rasgos, el trámite va así:
- Se presenta ante notario
- Quien tiene el documento lo lleva al notario competente. Si no lo hace, responde de los perjuicios que cause su retraso. A partir de ahí el notario cita a los interesados —cónyuge, descendientes, ascendientes y, en su defecto, parientes— para que puedan estar presentes.
- El notario comprueba la autenticidad
- Se practican las pruebas que permitan acreditar que la letra y la firma son del testador, normalmente con testigos que conocían su escritura. Y aquí está lo que nos toca: el artículo 692 del Código Civil permite al notario acordar una prueba pericial caligráfica si lo estima conveniente. Es decir, el peritaje no es un extra de la vía judicial: cabe dentro del propio trámite notarial.
- Se protocoliza, o no
- Si el notario considera acreditada la autenticidad, protocoliza el testamento y a partir de ahí surte efecto. Si no la considera acreditada, no se acaba el asunto: los interesados pueden hacer valer su derecho en el juicio que corresponda, y es entonces cuando el informe pericial se aporta al procedimiento y se ratifica ante el tribunal.
Por eso conviene encargar el peritaje antes, no después. Llegar a la comparecencia notarial con un informe hecho cambia la conversación: ya no se discute sobre impresiones, se discute sobre un dictamen. Y si el informe dice que la letra no es la del testador, su abogado lo sabe antes de que el testamento quede protocolizado, que es cuando todavía sirve de algo.
Lo que el documento tiene que cumplir por fuera
Antes incluso de mirar la letra conviene mirar la forma, porque el artículo 688 del Código Civil es exigente y muchos testamentos ológrafos se caen por ahí sin necesidad de discutir la autoría. Tiene que estar escrito todo él de puño y letra del testador, firmado por él y con expresión del año, mes y día. Y hay un detalle que a menudo pasa desapercibido: si contiene palabras tachadas, enmendadas o escritas entre renglones, el testador debe salvarlas bajo su firma.
Esas dos cosas —la fecha y las enmiendas— son además preguntas técnicas, no solo formales, y son de las que más veces nos encargan en este tipo de asuntos:
- ¿La fecha se escribió a la vez que el resto? Una fecha añadida después, con otro útil, otra presión u otro ritmo, se detecta. Importa cuando hay varios testamentos o cuando se discute si el testador estaba ya en condiciones de otorgarlo.
- ¿Las tachaduras y los añadidos entre renglones son suyos? No es lo mismo que el testador se corrigiera a sí mismo que que alguien completara el texto después. Se estudia el orden de ejecución: qué trazo se hizo antes y cuál después, y si el añadido comparte útil y mano con el resto.
- ¿Está escrito todo por la misma mano? En textos largos es donde más se nota un cambio de autor, porque sostener una imitación durante una página entera es muy difícil.
Qué analizamos
Un testamento ológrafo da mucho material de estudio, porque no es una firma suelta sino un texto completo. Eso juega a favor: cuanto más se escribe, más difícil es sostener una imitación. Estudiamos, entre otras cosas:
- La autoría del texto
- Si los hábitos de escritura del documento coinciden con los del testador: enlaces, proporciones, velocidad, presión y puntos de ataque y remate.
- La firma
- Si la firma es auténtica, una imitación o un calco, y si concuerda con la escritura del propio texto.
- La unidad del documento
- Si todo se escribió en el mismo acto o hay párrafos añadidos después, con otra tinta, otro bolígrafo u otra mano.
- Añadidos y enmiendas
- Palabras o cifras intercaladas, tachaduras y correcciones, y si son del testador o de un tercero.
- El estado del testador
- Si la escritura muestra signos de temblor, enfermedad, medicación o escritura guiada por otra persona. Es frecuente en testamentos escritos en los últimos meses de vida.
Qué material hace falta
- El testamento original. Si está depositado en el juzgado o en la notaría, se estudia allí o se solicita su exhibición.
- Escritos indubitados del testador, y aquí cuanto más, mejor: cartas, postales, cuadernos, agendas, listas de la compra, anotaciones, recetas, documentos bancarios. Son especialmente útiles los de fechas próximas al testamento.
- Si es posible, información sobre su estado de salud en esas fechas: una escritura temblorosa puede deberse a una enfermedad y no a una falsificación, y eso hay que saberlo para no equivocarse.
Con frecuencia el problema no es la falta de testamento, sino la falta de escritos de comparación. Si la persona escribía poco, dígalo desde el principio: le diremos qué otros materiales pueden servir.
En las comarcas de huerta y de campo estos testamentos siguen apareciendo escritos en una cuartilla, y junto a ellos documentos de reparto de fincas hechos a mano entre hermanos. Cómo se abordan esos asuntos está en la página de Orihuela y la Vega Baja.
Qué puede concluir el informe
El informe explica, con imágenes y cotejos, si la escritura del testamento es compatible con la del testador o si aparecen indicios de imitación, calco, escritura ayudada o añadidos posteriores. No siempre se puede concluir con rotundidad: cuando el material no da para más, lo decimos con esa misma claridad. Un informe que promete certezas que el documento no permite no aguanta la vista oral.
Si además le preocupa la firma en concreto, puede leer cómo se detecta una firma falsa, y si el documento se discute en un procedimiento, cómo se practica el cotejo de letras. Si busca a alguien cerca, aquí explicamos cómo trabajamos como perito calígrafo en Murcia y como perito calígrafo en Alicante.
Hay un caso que en los testamentos ológrafos se repite tanto que merece capítulo aparte: el del testador que ya era muy mayor o estaba enfermo cuando escribió. El temblor, un ictus, el párkinson o la medicación deterioran la escritura de una manera reconocible que no debe confundirse con una imitación torpe, y el material de comparación tiene que ser de esos mismos meses y no de años atrás. Está explicado en la firma de una persona mayor o enferma.
Preguntas frecuentes sobre testamentos ológrafos
¿Se puede saber si un testamento ológrafo es falso?
En muchos casos sí. Un texto manuscrito completo deja muchísimos rasgos que comparar, y sostener una imitación a lo largo de todo un escrito es muy difícil. La conclusión depende sobre todo de cuántos escritos auténticos del testador tengamos para comparar.
¿Qué pasa si el testamento está escrito a ordenador y solo firmado a mano?
Entonces no es un testamento ológrafo válido, porque la ley exige que esté escrito entero de puño y letra del testador. Eso es una cuestión jurídica que debe valorar su abogado; nosotros podemos analizar si la firma es auténtica.
Mi familiar apenas escribía. ¿Se puede hacer algo?
A veces sí. Sirven cartas antiguas, postales, agendas, anotaciones en libros, listas, dedicatorias o documentos firmados. Cuéntenos qué hay y le diremos si es suficiente antes de que gaste dinero en un informe.
¿La letra temblorosa significa que es falso?
No. La enfermedad, la edad avanzada o ciertos medicamentos producen temblor en una escritura auténtica. Lo que distingue a una imitación no es el temblor en sí, sino dónde y cómo aparece. Por eso preguntamos por el estado de salud del testador.
¿Sirve el informe para el procedimiento de adveración?
Sí. El informe pericial se aporta al procedimiento y, si se nos cita, comparecemos a ratificarlo y a responder a las preguntas de las partes.
¿Cuánto tiempo hay para presentar un testamento ológrafo?
Dos plazos distintos y los dos importan. Quien tenga el testamento en su poder debe presentarlo ante notario en los diez días siguientes a que conozca el fallecimiento (artículo 690 del Código Civil). Y el testamento debe protocolizarse presentándolo ante notario dentro de los cinco años siguientes a la muerte del testador: pasado ese plazo, el artículo 689 dice que no será válido. El cálculo en su caso concreto corresponde a su abogado.
¿Quién decide ahora si el testamento es auténtico, el juez o el notario?
El notario. Desde la reforma de la jurisdicción voluntaria de 2015 la adveración y la protocolización del testamento ológrafo se tramitan ante notario y no ante el juzgado. Solo si el notario no considera acreditada la autenticidad, los interesados pueden hacer valer su derecho después en el juicio que corresponda.
¿Puede el notario pedir un peritaje caligráfico?
Sí. El artículo 692 del Código Civil permite al notario acordar la práctica de una prueba pericial caligráfica si lo estima conveniente. Por eso merece la pena tener el informe antes de la comparecencia: se llega con un dictamen y no con impresiones.
El testamento tiene tachaduras y palabras añadidas entre líneas. ¿Eso importa?
Importa por dos vías. Por la formal, porque el artículo 688 del Código Civil exige que el testador salve bajo su firma las palabras tachadas, enmendadas o escritas entre renglones. Y por la técnica, porque se puede estudiar si esos añadidos los hizo la misma mano y con el mismo útil que el resto, o si se escribieron después.
¿Se puede saber si la fecha se escribió el mismo día que el testamento?
Se puede estudiar, y es un encargo frecuente. Una fecha añadida más tarde suele delatarse por el útil, la presión, el ritmo del trazo o la forma en que se acomoda al espacio disponible. Hace falta el documento original: en una copia esa información no está.
Si el notario no lo advera, ¿se acabó?
No. Si el notario no considera acreditada la autenticidad, los interesados pueden ejercitar sus derechos en el juicio que corresponda, y allí el informe pericial se aporta al procedimiento y se ratifica ante el tribunal. Lo que cambia es la vía y el calendario, no la prueba.
Actualizado el · Esteban Saura, perito calígrafo colegiado nº 4828